lunes, 29 de febrero de 2016

El Control de la Gestión

Toda organización, pública o privada, tiene una unidad encargada de revisar la gestión de administración y control de las operaciones, con el fin de monitorear y controlar los costos y gastos dentro de ella. Está conformada por personas con la responsabilidad de velar por el cumplimiento de promover y mantener la rentabilidad, en el marco de apoyar las operaciones antes, durante y después de las mismas.

En las empresas pequeñas y medianas corresponde a la unidad de administración y finanzas colaborar con las actividades de control presupuestario y orientar el uso adecuado de los recursos económicos. En las empresas grandes le corresponde a la unidad de Finanzas, conformada por Contraloría, Tesorería, Impuestos, Contabilidad, Costos, Crédito y Cobranzas. En Venezuela, los Poderes Ejecutivo, Judicial, Electoral y Ciudadano deben rendir cuentas de sus actuaciones al Poder Legislativo anualmente, el cual tiene como funciones legislar, controlar y fiscalizar a la Administración Pública, de acuerdo al artículo 187 de la Constitución Nacional de 19991.

El Poder Legislativo tiene quince (15) comisiones permanentes definidas en su Reglamento de Interior y de Debates2, siendo las de mayor trabajo las siguientes: 1) Política Interior se encarga de lo relacionado con el régimen político, funcionamiento e interrelación con la administración de justicia; 2) Política Exterior estudia los asuntos relacionados con procesos de integración que adelante el País y relaciones con otros estados; 3) Contraloría ejerce la vigilancia sobre la inversión y utilización de fondos públicos en todos los sectores de la Administración Pública; 4) Finanzas conoce todo lo referente al presupuesto nacional, crédito público, políticas financieras, monetarias y cambiarias, bancos, seguros materia tributaria, otras.

Con el basamento para el sector público y privado sobre el control de gestión, el Parlamento debe revisar los convenios de compras y ventas del Estado venezolano, a fin de establecer responsabilidades por posible daño patrimonial a la República o prácticas transparentes en la formación de convenios nacionales e internacionales.

Fuentes consultadas:

  1. http://www.uc.edu.ve/archivos/constitucion.PDF
  2. http://www.asambleanacional.gob.ve//uploads/documentos/doc_aadbd6b9261142b6a2af4d2d50c482eea185bbad.pdf

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